El Contrato de Subarriendo o de Subarrendamiento es aquel que supone la existencia de un contrato de arrendamiento principal, por el cual una persona, llamada “arrendatario”, respecto de este contrato principal, y “subarrendador”, respecto del contrato de subarriendo, cede el uso del inmueble que, a ella le ha sido cedido, a una tercera persona denominada “subarrendataria”.